El TJUE declara discriminatorio exigir 10 años de residencia para acceder a ayudas sociales a los beneficiarios de protección internacional

El TJUE declara discriminatorio exigir 10 años de residencia para acceder a ayudas sociales a los beneficiarios de protección internacional
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia en la que considera contrario al Derecho de la Unión que un Estado miembro condicione una prestación social básica y de inserción laboral al requisito de haber residido diez años en su territorio. Aunque la exigencia se formule de manera aparentemente neutral para todos los solicitantes, Luxemburgo concluye que perjudica de forma particular a los beneficiarios de protección internacional, en su mayoría nacionales de terceros países, y constituye una discriminación indirecta no justificada por razones presupuestarias o administrativas.
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